Publicado el · RedData Legal
La empresa también está protegida
La prohibición del artículo 21 de la LSSI-CE protege a cualquier destinatario, persona física o jurídica. Un buzón corporativo que recibe prospección comercial no solicitada tiene las mismas vías que un particular y, cuando la dirección identifica a un empleado, también las del RGPD.
1. Conservar la evidencia
Antes de borrar o responder, conviene conservar el correo completo con sus cabeceras técnicas (el «original» o «.eml»). Las cabeceras contienen el remitente real, el servidor de envío, el proveedor utilizado y la fecha y hora exactas. Una huella de integridad (por ejemplo, SHA-256) del archivo permite demostrar después que la evidencia no se ha alterado.
2. No hace falta darse de baja para reclamar
Darse de baja es un derecho, no una obligación. La infracción se consuma con el envío no consentido, con independencia de que el remitente ofrezca una baja. Pulsar el enlace de baja tampoco elimina la infracción ya cometida, aunque sí puede evitar envíos posteriores.
3. Reclamar extrajudicialmente al remitente
La empresa afectada, por sí misma o a través de una firma de gestión de reclamaciones que la represente, puede dirigirse formalmente al remitente: identificar la infracción, aportar la evidencia y ofrecer un acuerdo extrajudicial que cierre el asunto sin acudir a la Administración ni a los tribunales. Es la vía más rápida y la que menos coste supone para ambas partes.
4. Denunciar ante la AEPD
La Agencia Española de Protección de Datos es competente para sancionar las infracciones del artículo 21 de la LSSI-CE (artículo 43) y las del RGPD. La denuncia se presenta en su sede electrónica con la evidencia del envío. La AEPD instruye el procedimiento y decide la sanción; el denunciante no participa como parte, pero es informado del resultado.
5. Reportar el abuso a los proveedores
Casi todos los proveedores de envío de correo (plataformas de email marketing, herramientas de prospección, proveedores de buzones) prohíben en sus condiciones de uso el envío de correo no consentido y mantienen un canal de abuso. Lo mismo ocurre con los proveedores de alojamiento y los registradores de dominio, cuyos contactos de abuso constan en el registro público del dominio (RDAP). Un reporte documentado puede dar lugar a la suspensión de la cuenta usada para enviar.
6. Trasladar la evidencia a listas antispam
Las listas de bloqueo (Spamhaus, SpamCop y similares) aceptan evidencia de envíos no solicitados. Un dominio o una IP incluidos en ellas ven cómo sus correos dejan de entregarse en buena parte de los servidores receptores.
7. Reclamar por la vía civil
El artículo 82 del RGPD reconoce el derecho a indemnización por los daños derivados de un tratamiento ilícito. La empresa puede, con su representación letrada, reclamar los perjuicios ante los tribunales civiles. Suele ser el último paso, tras agotar la vía extrajudicial.
Qué orden seguir
Conservar la evidencia siempre es lo primero. Después, la reclamación extrajudicial da al remitente la oportunidad de regularizar. Si no responde, denuncia ante la AEPD, reportes de abuso y listas antispam pueden activarse a la vez; la vía civil queda como opción final.