Cumplimiento y protección de datos

Protegemos la privacidad frenando las violaciones de datos.

Gestionamos, en nombre de las empresas a las que representamos, las reclamaciones frente a quienes envían correos comerciales sin consentimiento. Actuamos conforme a la LSSI-CE y al RGPD.

LSSI-CE · Art. 21RGPD · Art. 6RGPD · Art. 82LSSI-CE · Art. 38AEPD

Quiénes somos

Un proceso serio, trazable y conforme a la ley.

Cada expediente tiene un número de referencia, una línea de tiempo verificable y un portal donde la parte reclamada puede consultar la evidencia, el marco legal y sus opciones. Nada de amenazas vacías: solo lo que la normativa permite y lo que efectivamente hacemos.

Servicios

Qué hacemos.

Documentamos la infracción

Reunimos la evidencia técnica del correo no consentido: remitente, cabeceras, fecha y contenido, con su huella de integridad.

Reclamamos extrajudicialmente

Notificamos formalmente al remitente y le ofrecemos un acuerdo extrajudicial para resolver el asunto sin llegar a la vía administrativa o judicial.

Escalamos si no responde

Si no regulariza, activamos todas las vías a la vez:

  • Denuncia ante la AEPD (sanciones de hasta 30.000 € por la LSSI-CE y superiores por el RGPD).
  • Reporte de abuso a su proveedor de envío, que puede suspender o cancelar la cuenta desde la que envía.
  • Aviso al proveedor de alojamiento y al registrador del dominio.
  • Traslado de la evidencia a las principales listas antispam.

Resultado: su dominio pierde reputación y su marca deja de poder enviar correo con normalidad.

El proceso

Cómo funciona

La empresa afectada nos reenvía el correo comercial que ha recibido sin haberlo solicitado. Verificamos que se trata de una comunicación comercial no consentida.

Generamos un expediente con número de referencia, conservamos el correo original y sus cabeceras técnicas y calculamos una huella de integridad de la evidencia.

Enviamos una notificación formal al remitente, con el detalle de la infracción, el marco legal aplicable y un enlace a su portal privado, donde puede consultarlo todo.

El remitente puede resolver el asunto mediante un acuerdo extrajudicial. Con el pago, la empresa reclamante desiste de iniciar acciones por ese envío y se emite un documento de cierre.

Si no hay acuerdo

Presentamos la denuncia ante la AEPD, con exposición a sanciones de hasta 30.000 € por la LSSI-CE y muy superiores por el RGPD.

Reportamos el envío a su proveedor de correo (Mailchimp, Brevo, Instantly, Google u otros), que suspende o cancela las cuentas desde las que envía.

Notificamos al proveedor de alojamiento y al registrador del dominio a través de sus contactos de abuso.

Aportamos la evidencia a las principales listas de bloqueo. La entregabilidad del dominio se anula: los correos dejan de entregarse y la marca pierde la capacidad de comunicarse por email.

En su caso, remitimos burofax y valoramos la reclamación civil. Todo queda documentado en el expediente.

Saber más

Marco normativo

Marco normativo

Ley 34/2002 (LSSI-CE), artículos 21 y 38 · Reglamento (UE) 2016/679 (RGPD), artículos 6, 82 y 83.